María Alicia Villagra
La Directora Titular o Representante Legal es el responsable de garantizar los principios que definen el tipo de educación de nuestro Colegio. Representa a la Entidad Titular o Sostenedor en el Colegio.
Asume la responsabilidad directa y personal de la administración y función educativa del Colegio ante el Ministerio de Educación, Secretaría Regional Ministerial de Educación y demás autoridades administrativas y eclesiásticas relacionadas con sus funciones, desarrollando, además, la misión Apostólica contenida en el Proyecto Educativo Pastoral.
Son competencias de la Directora Titular o Representante Legal:
- Ostentar la representación ordinaria de la Entidad Titular o Sostenedor del Colegio con las facultades que ésta le otorgue.
- Velar por la efectiva realización del Carácter Propio y del Proyecto Educativo de Colegio.
- Testimoniar con su vida, la concordancia con los principios religiosos, éticos, morales, educacionales y sociales que debe poseer la persona que ejerce tales funciones.
- Tener en cuenta la responsabilidad legal, social y moral que sostiene ante los estamentos escolares, organismos legales, educacionales, religiosos y sociales.
- Convocar y presidir las reuniones del Equipo Directivo.
- Presidir, cuando asista, las reuniones del Colegio sin menoscabo de las facultades reconocidas a los otros órganos unipersonales.
- Fijar, dentro de las disposiciones en vigor, la normativa de admisión de alumnos en el Colegio y decidir sobre la admisión y término de contrato de prestación de servicios con el apoderado correspondiente.
- Velar por el cumplimiento de las normas sobre admisión de alumnos e intervención de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en la gestión del Colegio.
- Cumplir las normas que regulan la autorización del Colegio, la ordenación académica, la subvención escolar, las relaciones laborales y, en general, todas las relacionadas con la actividad y funcionamiento del Colegio.
- Nombrar, de acuerdo con el Director Pedagógico, a los Jefes de Departamentos, a los Profesores Jefe y a los Coordinadores Pedagógicos, que no pertenezcan al Equipo Directivo.
- Proponer al Equipo de Titularidad, o en su defecto a la Delegada, la modificación del régimen de jornada escolar del Colegio, la modificación de la plantilla de los colegios, el procedimiento de selección del personal y los planes de comunicación interna y externa.
- Incorporar, contratar, nombrar y cesar al personal contratado del Colegio, previa aprobación de la Entidad Titular o Sostenedor y, en general, ejercer las competencias del empleador en la relación laboral. En caso de sustituciones de duración inferior a tres meses, no necesita la aprobación de la Entidad Titular o Sostenedor.
- Suscribir las solicitudes ordinarias dirigidas a la Administración en nombre de la Entidad Titular o Sostenedor.
- Impulsar y coordinar el proceso de constitución del Consejo Escolar del Colegio, comunicando su composición a la Comunidad Educativa.
- Tener la iniciativa en materia de disciplina de alumnos por transgresiones graves.
- Resolver las solicitudes de permiso que formule el personal y las condiciones en que ellas podrán ejercerse.
- Revisar y entregar en Administración la nómina de ausencias y atrasos para que realicen los descuentos correspondientes.
- Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del Colegio así como de toda la normativa vigente.
- Aprobar, a propuesta del Director/a Pedagógico/a que corresponda, la ubicación de las salas de clase de los distintos cursos y la distribución de horas lectivas y no lectivas del personal del Colegio y el calendario escolar.
- Autorizar la afectación y cesión de los locales del Colegio que no tenga la consideración de acto de administración extraordinaria y sea de duración inferior a un año.
- Mantener y potenciar relaciones con los distintos miembros de la Comunidad Educativa y sus asociaciones, con la iglesia local y con las instituciones del entorno del Colegio.
- Promover la aplicación de las directrices pedagógicas, pastorales y económicas para el Colegio emanadas del Equipo del Ministerio Educativo y del Equipo de Titularidad.
- Respetar los derechos reconocidos a padres y apoderados, profesores, alumnos, personal de administración y servicios del Colegio.
- Hacer cumplir todos los acuerdos establecidos en el contrato de prestación de servicios.
- Aquellas otras que se señalan en el presente Reglamento.